Valdivia, 24 de agosto de 2011. (AIFBN)– La Agrupación de Ingenieros Forestales por el Bosque Nativo valora la decisión del Ministerio de Agricultura en derogar un decreto que contravenía los acuerdos internacionales suscritos por Chile, favorecía la corta de especies para proyectos industriales (Ver declaración pública AIFBN).
Como satisfactoria calificó la Agrupación de Ingenieros Forestales por el Bosque Nativo (AIFBN) la derogación del Decreto Supremo N° 654 del Ministerio de Agricultura que permitía la corta o alteración del hábitat de especies declaradas monumentos naturales como el alerce y araucaria, entre otros, si un proyecto de inversión era calificado de “interés nacional”.
El decreto que fue dejada sin efecto según decreto exento N° 402, publicado en el Diario Oficial el 12 de agosto de 2011, causó al momento de su promulgación profundo malestar y preocupación en diversas organizaciones ciudadanas, puesto que no existían procedimientos ni criterios para calificar el “interés nacional” de un proyecto.
La AIFBN llamó a que se clarifique cuál fue el impacto real del D.S. 654. “Es relevante conocer públicamente qué ocurrió con las poblaciones de nuestras especies protegidas como alerce, araucaria, pitao y queule, entre otras, entre el 5 de noviembre de 2009, fecha de promulgación del DS 654, y el día de su derogación. Es importante que la ciudadanía sepa si el decreto fue un instrumento facilitador para un determinado proyecto de inversión o varios de ellos, por lo que instamos a nuestras autoridades de gobierno a realizar un estudio de la aplicación de este decreto y su aporte al desarrollo del país”, expuso en una declaración.
También insistió que esta derogación debería evitar el impacto potencial en bosques del tipo forestal alerce (Fitzroya cupressoides) que generaría la línea de transmisión eléctrica 110/66 KV Ensenada-Melipulli de la futura central perteneciente a la empresa Ensenada Ltda., en construcción en las comunas de Puerto Montt y Puerto Varas. Cabe recordar que esta especie nativa de Chile fue declarada Monumento Natural y está protegida por el D.S. 490, que establece la prohibición de su corta y descepado, así como la utilización de la madera proveniente de árboles vivos.
“En el mismo marco, esperamos que nuestras autoridades de Gobierno sean consecuentes y esta derogación sirva como un precedente para eliminar del proyecto de Ley que crea el Servicio de la Biodiversidad y Sistema Nacional de Áreas Protegidas el artículo 57º, que permite la corta, eliminación, destrucción o descepado de individuos de especies nativas y la intervención o alteración de su hábitat”, dijo la AIFBN.