24 - noviembre - 2024

Estos son los derechos de los consumidores en una zona de Catástrofe

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El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), está analizando cómo se han comportado las empresas que prestan servicios, con el propósito de resguardar la continuidad de los mismos.


 

 Coquimbo, 21 de septiembre de 2015. (Sernac)– En el marco de la emergencia de anoche y que afectó a gran parte de nuestro país, el Servicio Nacional del Consumidor recuerda los derechos de los consumidores en los diversos servicios.

El organismo explica que los consumidores tienen derecho a conocer el precio de un producto o servicio antes de comprarlo o contratarlo y es deber de las empresas informarlo de manera oportuna y veraz para poder tomar una decisión informada.

Alzas de precios

Hay que recordar que la Presidenta de la República decretó estado de catástrofe para la zona afectada, lo que implica que pone en manos de las Fuerzas Armadas el control del orden público y la coordinación de la ayuda para los afectados, mientras se evalúa declarar estado de excepción.

En este sentido, el SERNAC estará monitoreando la situación de los precios de los productos y servicios básicos, para tomar las medidas que sean pertinentes para ir en defensa de los derechos de los consumidores afectados por esta catástrofe.

Normas ante Estado de Excepción Constitucional

En caso que se declare estado de excepción constitucional, resultarán aplicables las disposiciones de la Ley 16.282, que, entre otras normas, fija disposiciones para casos de catástrofes, por lo que existen severas sanciones para quienes:

  1. Nieguen infundadamente la venta de productos de consumo (alimentos, vestuarios, herramientas, materiales de construcción, entre otros).
  2. Vendan esos artículos a precios superiores a los habituales o con engaño en su calidad, peso o medida, o los que los acaparen, oculten, destruyan o eliminen del mercado.
  3. Comercien bienes destinados a ser distribuidos gratuitamente en la zona afectada.

En caso de detectarse este tipo de situaciones, los consumidores pueden realizar las denuncias ante la Fiscalía Local de la Serena o de la comuna donde se hayan verificado, o ante el propio SERNAC, www.sernac.cl, para ser puestas en conocimiento de la autoridad competente.

 

Los derechos de los consumidores respecto al precio son:

Que les sean informados previamente de manera destacada y visible con los impuestos y cualquier otro concepto incluido.

 Que esté expresado en moneda nacional.

Y que se le cobre el precio informado. Ni un peso más, ni uno menos.

De no respetarse estos derechos y el consumidor no pueda conocer anticipadamente el precio final, la empresa puede estar cometiendo una infracción al cobrar un precio superior al exhibido o anunciado.

En Servicios Básicos

Las empresas debe reponer el servicio lo antes posible, resguardando la continuidad de la prestación y no cobrar por el periodo de corte del suministro.

 

Transporte Aéreo

Sólo si por condiciones climáticas, de seguridad o fuerza mayor se suspende o atrasa un viaje, la empresa podría eximirse de responsabilidad. No obstante, es la Dirección Aeronáutica Civil quien tiene que comprobar si el atraso de debió a razones justificadas.

 

No obstante, ningún consumidor puede perder su pasaje. En estos casos la empresa deberá reintegrar el valor del viaje o reagendarlo.

 

Inmobiliarias

Las empresas deben cumplir al pie de la letra con lo que señala la Ley y deben respetar cabalmente los derechos de los consumidores ante eventuales reparaciones que sea necesario realizar en las viviendas.

 

Servicios financieros

Las empresas deben informar de manera clara, oportuna y completa, a todos los consumidores, sobre sus planes de contingencia, especialmente en relación a las necesidades de disponibilidad de dinero  en las zonas geográficas afectadas.

 

Seguros

Los consumidores tienen derecho a que las condiciones relevantes de los seguros que contratan sean correctamente informadas, especialmente la cobertura, los costos, y las restricciones y qué aspectos no están cubiertos.

 

Un seguro es un contrato entre el consumidor y la empresa que debe respetarse. Por eso es importante que los consumidores exijan y revisen sus pólizas de seguro,

 

El contrato es la póliza que debe contener las reglas del juego o las condiciones relevantes del servicio como: el costo o prima, el deducible, la cobertura y especialmente las restricciones de aquello que no cubre.

 

Cuando una empresa no respeta lo acordado, los consumidores tienen derecho a reclamar ante el SERNAC o la institución fiscalizadora, en este caso, la Superintendencia de Valores y Seguros.

Además, las pólizas de seguros no deberían contener cláusulas abusivas que perjudiquen al consumidor, por ejemplo, aquellas que priven de todas las reparaciones o indemnizaciones al consumidor frente a determinados eventos.

 

En cuanto a  recintos como  supermercados o malls,  las empresas deben facilitar y no dificultar o impedir la evacuación de los consumidores poniendo a su disposición los medios adecuados, lo que incluye, por ejemplo levantar barreras y desbloquear salidas.

Para consultas y reclamos:

  • Reclamostravés de sernac.cl
  • Consultas desde teléfono fijo: 600 594 6000
  • Consultas desde celular: 02 25946000

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