Para las irregularidades detectadas por la Contraloría, la Subpesca tiene un plazo de 60 días desde la recepción para informarle al organismo sus avances en materia de implementación de las medidas no tomadas y la adopción de mecanismos ad hoc.
Santiago de Chile, 20 de septiembre del 2016 (Ecocéanos News)– La Contraloría General de la República emitió un informe en el que acusa diversas irregularidades cometidas por la Subsecretaría de Pesca respecto al cumplimiento de sus funciones y de la Ley General de Pesca y Acuicultura y sus reglamentos sobre actividad acuícola industrial en las regiones de Los Lagos, Aysén y Magallanes, durante los años 2011 a 2015.
Según informó el diario Pulso.cl, en las áreas fiscalizadas por la Contraloría, la Subpesca evidenció el incumplimientos en los estudios, reportes e informes técnicos sobre su objetivo de evaluar y proteger los recursos hidrobiológicos, protección del medio ambiente y la aplicación de la caducidad a aquellas concesiones acuícolas que no se ajustan a la normativa.
Según la Contraloría, durante los cuatros años de evaluación, la Subpesca no implementó el control en línea que registra los indicadores de conductividad, salinidad, temperatura, profundidad, corrientes, densidad, fluorescencia y turbidez, ni ha dictado el reglamento específico sobre la materia.
La auditoría también evidencia la ausencia del reglamento que establece el tratamiento y disposición final de los desechos sólidos y líquidos, orgánicos e inorgánicos de la acuicultura, habiendo transcurrido seis años desde la publicación de la ley. Además, no emitió el reporte bienal sobre el estado ambiental de la acuicultura con la periodicidad de dos años que exige la normativa. De manera complementaria, no cuenta con un catastro actualizado y completo de las resoluciones de calificación ambiental que aprueban los proyectos acuícolas y sus modificaciones.
Durante el período de auditoría, la Subpesca otorgó el permiso ambiental al titular Glaciares del Pacífico del centro N° 100649, acusa el reporte. Esto en circunstancias que disponía de la Información Ambiental -INFA-, la que evidenciaba que éste se encontraba operando fuera del área concedida.
Para las irregularidades detectadas por la Contraloría, la Subpesca tiene un plazo de 60 días desde la recepción para informarle al organismo sus avances en materia de implementación de las medidas no tomadas y la adopción de mecanismos ad hoc.
Principales Resultados del Informe:
• La subsecretaría no ha implementado el control en línea que registre los indicadores de conductividad, salinidad, temperatura, profundidad, corrientes, densidad, fluorescencia y turbidez, ni ha dictado el reglamento específico sobre la materia. Por ende, deberá arbitrar las medidas necesarias para agilizar su implementación, estableciendo un cronograma con actividades y plazos, informando en el plazo de 60 días hábiles contados desde la recepción del presente informe.
• La entidad no ha dictado el reglamento específico que establezca las condiciones sobre el tratamiento y disposición final de los desechos sólidos y líquidos, orgánicos e inorgánicos de la acuicultura, habiendo transcurrido 6 años desde la publicación de la citada ley. Al respecto, deberá adoptar los mecanismos necesarios a fin de dictar el citado reglamento específico a la brevedad, estableciendo un cronograma de actividades y plazos e informando sobre los avances en el plazo antes mencionado.
• La subsecretaría no ha emitido el reporte bienal sobre el estado ambiental de la acuicultura con la periodicidad que exige la normativa, debiendo, en lo sucesivo, reforzar los controles e implementar las medidas necesarias a fin de dar cumplimiento a la normativa, lo que será verificado en una futura fiscalización.
• El ente auditado no cuenta con un catastro actualizado y completo de las resoluciones de calificación ambiental que aprueban los proyectos acuícolas y sus modificaciones. Ante ello, deberá reforzar los controles y generar un catastro único, completo y actualizado de éstas, informando sobre su avance en el plazo ya anotado.
• La Subsecretaría se pronunció conforme y otorgó el permiso ambiental sectorial al titular Glaciares del Pacifico del centro N° 100649, en circunstancias que disponía de la Información Ambiental, INFA, que evidenciaba que aquel se encontraba operando fuera del área concedida. Por lo expuesto, deberá reforzar los mecanismos de control durante la evaluación ambiental de los proyectos acuícolas y elaborar un procedimiento que considere la verificación de la localización de los centros, informando a este Ente de Control en el plazo ya mencionado.