22 - noviembre - 2024

Vivienda digna, segura y en paz en el «Chile del Coronavirus» se enfrenta a una cruel y miserable Constitución

En Chile existen miles de familias que habitan viviendas de entre 36 a 40 mts2, como es el caso del conjunto habitacional Los Quillayes y Santa Teresa, en la comuna de la Florida, entre tantos otros. En donde grupos familiares, de hasta ocho personas, deben convivir y hacer vida “familiar”, quedando confinados y hacinados una vez más en la vivienda social, que el Estado les construyó para dar solución a un problema cuantitativo del Ministerio de Hacienda y Economía.


Por: David Barrios Namunkura


Ahora cuando por un lado el Estado te “obliga a quedarte en casa”, y por el otro, existe un nivel de consciencia en donde la propia ciudadanía se auto impone una cuarentena, con el objeto de reducir un eventual contagio masivo, y con ello, cautelar la salud pública, emerge la interrogante respecto a cuales son las condiciones en las cuales miles de familias cumplen esta obligación, más allá incluso de tener la posibilidad cierta de quedarse o no en casa. Entonces, surge una pregunta inevitable sobre la vivienda. ¿En Chile existe el derecho a que las familias tengan una vivienda segura, digna y en paz?. La respuesta está a la vista, pero también en la constitución y es NO. Este derecho no está garantizado.

En Chile existen miles de familias que habitan viviendas de entre 36 a 40 mts2, como es el caso del conjunto habitacional Los Quillayes y Santa Teresa, en la comuna de la Florida, entre tantos otros. En donde grupos familiares, de entre 3 y 8 personas, deben convivir y hacer vida “familiar”, quedando confinados y hacinados una vez más en la vivienda social, que el Estado les construyó para dar solución en ese entonces a un problema cuantitativo de viviendas en el país. Otro ejemplo concreto de estas miserables políticas de lo cuantitativo es toda la zona de Bajos de Mena, en Puente Alto, o la población El Volcan, en la misma zona, donde fueron construidas las casas COPEVA. Construidas por familias empresariales que fueron parte de la corrupción en la década de los noventa y 2000.

En ese tiempo, incluso en los ‘80 el Estado genero políticas habitacionales en respuesta a este déficit habitacional, construyendo miles de departamentos sociales en la periferia de distintas comunas del país, cuya superficie no sobrepasaba los 36 mts2, pero no se pensó en quienes iban a habitar dicho espacio, ni cuál sería la calidad de vida familiar que tendrían sus habitantes.

Es así que la necesidad de quedarse en casa, para salvar vidas, ha dejado una vez más al descubierto, la profunda desigualdad y segregación en que está fundado nuestro país, ya que hoy habitantes de sectores más acomodados cuentan con un promedio de 30mt2 por persona para sortear esta pandemia, sin embargo, en el caso de los Quillayes, y otros tantos barrios, lo debe hacer prácticamente toda una familia en el mismo espacio.

¿Entonces, como se configura o como debería considerarse adecuada una vivienda?

Para configurar lo anterior, es necesario primero, definir que es una vivienda adecuada. Según las Naciones Unidas es “el derecho de todo hombre, mujer, joven y niño a tener un hogar y una comunidad seguros, en que puedan vivir en paz y dignidad”.i

Seguridad, paz y dignidad, son los conceptos que se acuñan en la anterior definición. Ahora bien, volviendo al caso de los Quillayes, es posible observar que muchas familias construyeron especies de “palafitos” en altura, en los espacios comunes, llegando hasta los terceros pisos, con una ampliación de un dormitorio principalmente, con el objeto de palear el hacinamiento familiar, lo que claramente ha implicado e implica un riesgo permanente en caso de algún terremoto o cualquier siniestro que pueda producirse. Este tipo de autoconstrucción no solo es irregular, sino que no cumplen las mínimas normas de seguridad y convivencia. Pero en algo hay que vivir…

Así las cosas, en estas viviendas sociales, no existe seguridad, ni paz, ni dignidad, en el entendido que cada concepto es consecuencial del anterior.

Hoy, producto de las diversas cuarentenas, las familias deben permanecer en estos espacios míminos, pasando de una vivienda dormitorio (dada las largas jornadas laborales incluyendo el transporte), a una residencia de permanencia definitiva, de la cual “no pueden escapar”. Y es aquí en donde la vivienda adecuada toma una mayor valorización, en el sentido de establecer como requerimientos inherenentes a la misma, el vivir en paz y con dignidad . En estas circuntancias, se torna imperioso o preponderante, la existencia de unos metros cuadrados adicionales o un balcón para distraerse, tomar el sol o simplemente “salir” del encierro de cuatro paredes.

Todas nuestras vidas han sufrido una transformación forzada, y que tal vez, sea más frecuente de lo que esperamos, ya que no existe una certeza de cuando existirá seguridad sanitaria frente a esta pandemia.

Por ello, se hace tan necesario reflexionar y actuar en torno a lo que significa una vivienda adecuada y como implementar o fortalecer políticas públicas destinadas a solucionar y poner en práctica este derecho humano consagrado en la Declaración de los Derechos Humanos, en su artículo 25.1: «Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad». Derecho también consagrado en el Pacto Internacional De Derechos Económicos, Sociales Y Culturales, Adoptado Por La Asamblea General De La Organización De Las Naciones Unidas, que establece en su artículo 11 numeral uno :»Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la cooperación internacional fundada en el libre consentimiento» .

Sin embargo, toda esta normativa, es letra muerta sino se consagra en la Constitución Política de nuestro país, o bien, cuando exista la real voluntad política de implementar todos estos principios a cabalidad.

Se han presentado en el pasado mociones un tanto insípidas que han buscado incorporar este derecho como una garantía constitucional. Iniciativas que no han prosperado, teniendo observaciones ya sea en la Cámara de Diputados o Senadores, e incluso llegando al Tribunal Constitucional (tercera cámara).

Hoy existe un proyecto que busca nuevamente consagrar este derecho, presentado en febrero de este año. Ha de esperarse que nuestro Congreso, logre ver la lamentable implicancia de vivir en una vivienda de 36 mts 2 en tiempos de pandemia.

En definitiva, nunca tuvo tanta importancia la vivienda en sí misma, y por sobre todo habitar en una vivienda adecuada. No se ponderó lo que implica vivir forzadamente en espacios tan reducidos, teniendo hoy suma relevancia el garantizar el derecho constitucional a la vivienda adecuada y digna, tomando énfasis en el rol preponderante en la salud de las familias que tiene una vivienda con mínimos estándares. Mínimos, pero básicos y dignos.

En estos tiempos hay que ver que haremos ahora y en el futuro, tomando en cuenta los efectos negativos que tendrá este “encierro” en la salud mental de todos los chilenos, la creciente violencia intrafamiliar que se está reportando, en donde la victima esta “destinada” a convivir las 24 horas con su agresor, la inestabilidad mental o emocional, el estrés personal, colectivo y comunitario que todo esto implica, etc., incubando en definitiva, peligrosas repercusiones sociales en estos barrios de casas fabricadas por el Estado.

Es el mismo Estado que debe dar solución a este hacinamiento, implementando o fortaleciendo sus políticas de vivienda en torno a esta problemática, que probablemente dará origen a otros problemas psicosociales de difícil resolución en el corto o mediano plazo.

Por todo lo anterior, el Estado y sus instituciones tienen la responsabilidad de prever y dar solución a esta crisis de salud no solo inmediata, sino que futura, en donde la vivienda adecuada y digna juegan un papel fundamental en estos tiempos de pandemia.

Vivienda segura, digna y en Paz entonces debe ser un derecho que se deberá consagrar en la nueva Constitución.

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