El reconocido historiador y profesor de la U. de Chile afirma que “en principio, la Asamblea Constitucional no será libre ni soberana. Lo que no quiere decir que no exista la posibilidad de transformar la Convención Constitucional en un organismo libre y soberano que determine sus propias normas de funcionamiento, una verdadera Asamblea Constituyente”.
Santiago, 26 de octubre de 2020 (radiodelmar.cl)– Al conocerse los resultados del plebiscito del 25 de octubre, el historiador Sergio Grez Toso, especializado en la “cuestión social”, la historia del movimiento popular y de los procesos constituyentes, además de activo impulsor de las escuelas constituyentes, y otras iniciativas ciudadanas de carácter democrático, escribió en su cuenta Twitter (@SergioGrezToso): “El aplastante triunfo del Apruebo y la Convención Constitucional es solo un primer paso. El proceso constituyente está plagado de dificultades puestas por la casta política para impedir el poder constituyente originario. Hay que transformar la Convención Constitucional en una Asamblea Constituyente libre y soberana”.
Entrevistado por Radio del Mar, el historiador Grez preciso que “La Convención Constitucional diseñada por el Acuerdo por la Paz Social y la nueva Constitución del 15 de noviembre de 2019, que dio paso a la reforma constitucional del 24 de diciembre del mismo año, fue ideada por la casta política parlamentaria para canalizar por una vía inocua para el modelo neoliberal y el sistema de democracia restringida, tutelada y de baja intensidad, la gran energía liberadora de la rebelión popular”.
“Se trataba de desviar por un camino inocuo para el sistema la tremenda energía social popular desatada a partir del 18 de octubre, que había redundado en un exitoso paro nacional el 12 de noviembre», dice el historiador.
Agrega que «para ello se fijaron normas que impiden la autorregulación del órgano constituyente, pues le establecieron un quorum de 2/3 para la aprobación de cualquiera moción, además de indicar temas que ni siquiera pueden ser discutidos como, por ejemplo, los más de 400 tratados internacionales firmados por Chile, que atan nuestra economía y muchos aspectos de nuestra vida al neoliberalismo mundial”.
Por ello, para Grez Toso “en principio, la Asamblea Constitucional no será libre ni soberana. Lo que no quiere decir que no exista la posibilidad de transformar la Convención Constitucional en un organismo libre y soberano que determine sus propias normas de funcionamiento, una verdadera Asamblea Constituyente”.
Condiciones para asegurar la existencia de una verdadera Asamblea Constituyente Libre y Soberana
Según Sergio Grez, para asegurar una verdadera Asamblea Constituyente libre y soberana, se requerirán a lo menos las siguientes condiciones:
– Continuar presionando a la casta política y a los poderes fácticos mediante grandes movilizaciones sociales, tanto para la satisfacción de reivindicaciones inmediatas como para asegurar un proceso constituyente efectivamente participativo y democrático.
– Exigir a los partidos políticos y al Parlamento que implementen las reformas legales necesarias que hagan posible la elección a la Convención Constitucional de delegados y delegadas verdaderamente independientes, provenientes de los movimientos sociales y de la ciudadanía crítica, en lo posible personas “probadas” en las luchas sociales y políticas populares, no meras figuras mediáticas promovidas a último minuto como productos de consumo de masas.
– Elegir candidatos/as representativos de los movimientos y organizaciones sociales en base a compromisos explícitos para impulsar determinadas normas de funcionamiento de la Convención Constitucional y principios o preceptos constitucionales que contribuyan a facilitar las transformaciones exigidas por las grandes mayorías.
– Supervisar a los/as delegados/as constitucionales obligándolos a rendir cuentas periódicas sobre su labor en la Convención ante las organizaciones sociales que hicieron posible su elección.
– Que una mayoría absoluta (50% +1) de delegados/as decidida a cambiar el Estado subsidiario por uno garante de derechos sociales y la democracia representativa tutelada, restringida y de baja intensidad por una democracia participativa que mezcle tanto aspectos de democracia representativa como de democracia directa, junto con declarar la Convención Constitucional libre y soberana, lo que equivaldría a transformarla en una verdadera Asamblea Constituyente.
-Que esta mayoría introduzca el plebiscito intermedio para que la ciudadanía dirima mediante mayoría absoluta todos aquellos puntos en los que no se supere el quórum de 2/3 en la Convención Constitucional.
– Que para garantizar lo dicho, el pueblo se mantenga alerta, informado y movilizado en todo momento.