Una falla en la correa de embarque de concentrados, que generó derrame de plomo al medio ambiente, y el no adoptar medidas de mitigación en los impactos ocasionados al medio marino, fueron clasificadas como infracciones graves. Mientras que el cargo leve dice relación con la implementación incompleta del Plan de Contingencia frente al evento de vertimiento de plomo ocurrido el 5 de marzo de este año.
Antofagasta, 15 de octubre de 2020.- La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló tres cargos contra Puerto de Mejillones S.A., por el proyecto ubicado en el sector industrial de la comuna del mismo nombre, región de Antofagasta, donde realiza labores de carga, descarga y transferencia de graneles líquidos y sólidos, tras derrame de concentrado de plomo como consecuencia del incidente ambiental que ocurrió el 05 de marzo de 2020 y la implementación incompleta del plan de contingencias en el sector.
Los dos cargos clasificados como graves son, por un lado, la falla en la correa de embarque de concentrados que impidió el enclaustramiento total del plomo y, por otro el incumplimiento al no adoptar las medidas destinadas a hacerse cargo de los impactos generados al medio ambiente marino de los que dan cuenta los Planes de Vigilancia Ambiental (PVA).
En tanto que el cargo leve, se refiere a la implementación incompleta del Plan de Contingencia desencadenado a principios de año, lo que se traduce en que la empresa no determinó la magnitud del derrame de concentrado de plomo; no remitió informe final a la SMA con el detalle de las medidas de mitigación implementadas y fotografías que acreditaran su ejecución; no se implementaron medidas vinculadas a la afectación directa o indirecta de avifauna; como tampoco se remitieron informes a la SMA y al SAG sobre medidas vinculadas a la afectación de la misma.
Al respecto, la jefa regional de Antofagasta, Sandra Cortez, señaló que, tras el reporte del incidente por parte de la misma empresa, el 06 de marzo de 2020, funcionarios de nuestra Institución y de la DIRECTEMAR, realizaron no sólo una actividad de inspección ambiental a las instalaciones del proyecto, sino también un examen de información respecto de los informes de seguimiento ambiental disponibles en el Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA) de la Superintendencia, cuyos resultados quedaron en el Informe de Fiscalización Ambiental (IFA 2020).
Asimismo -explicó Cortez- y frente una serie de denuncias por incidentes ambientales producidos entre marzo y abril de 2020, incluida la Municipalidad de Mejillones, la SMA realizó una serie fiscalizaciones intersectoriales con la Dirección General de Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR), que revelaron hallazgos de relevancia ambiental.
Conforme a las actividades de inspección en terreno y el IFA se constató la presencia de concentrado de plomo en el piso de la pasarela del muelle, en la estructura de éste y en el encapsulado de la correa transportadora de graneles, abarcando desde el cabezo -parte más ancha donde termina el muelle- hasta tierra.
Respecto de las infracciones graves, la letra b) del artículo 39 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (LOSMA) dispone que podrán ser objeto de revocación de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), clausura, o multa de hasta 5 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA).
En tanto, para las infracciones leves, la letra c) del artículo 39 señala que podrán ser objeto de amonestación por escrito o multa de una hasta 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA).
Tras la notificación de esta formulación de cargos, el titular Puerto de Mejillones S.A., tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento (PdC) y de 15 días hábiles para formular sus descargos respectivos.
Para mayor detalle, acceder al Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/2310