- Las especies exóticas invasoras son una de las tres causas más importantes de extinción de especies en la naturaleza, junto con la alteración de hábitat y la sobreexplotación.
- El Código Penal, señala que “los que propagaren indebidamente organismos, productos, elementos o agentes químicos, virales, bacteriológicos, radiactivos, o de cualquier otro orden que por su naturaleza sean susceptibles de poner en peligro la salud animal o vegetal, o el abastecimiento de la población, serán penados con presidio menor en su grado máximo.”
- Actualmente, se encuentra en discusión el proyecto de Ley de Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, el cual promete incluir el control y la erradicación de especies exóticas invasoras,
05 de abril de 2021 (radiodelmar.cl). El Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) declaró por 30 días emergencia de plaga para un perímetro de dos kilómetros desde la concesión de acuicultura de la empresa Algas Tower, ubicada en el Canal Caicaén, comuna de Calbuco, región de Los Lagos, luego de haber sido detectada la presencia de la especie de alga exótica invasiva Laminaria japónica (Saccharina Japónica).
La declaración de emergencia fue emitida por resolución exenta del Sernapesca el 27 de abril de 2021 y ratificada el pasado 3 de mayo, con el objetivo de establecer medidas y acciones excepcionales tendientes a evitar la diseminación y propagación de la especie invasora.
En el canal Caicaén existen 30 concesiones de acuicultura, de las cuales 26 corresponden a mitílidos, 3 a salmónidos, y 1 a algas, concentrada en un perímetro de sólo dos kilómetros de distancia.
Nueva especie introducida por razones de cultivo comercial: Una potencial amenaza para ecosistemas marinos chilenos
Laminaria japónica es una especie invasora y exótica en aguas chilenas, y se desconocen sus impactos en los vulnerables y alterados ecosistemas marinos chilenos, por lo que constituye “una amenaza a su conservación”, señala el informe de Sernapesca.
Esta macroalga es originaria de Japón donde se conoce como Konbu, habiendo sido introducida y ampliamente cultivada en China y Taiwán durante el siglo pasado.
Es una de las macroalgas comestibles de mayor importancia comercial en el mundo, con volúmenes de transacción que superan los 3 billones de dólares anuales, siendo Japón, China y Corea sus principales mercados.
La Universidad Austral en 1999 junto a una serie de empresas, y la Universidad Católica del Norte en el 2005, desarrollaron iniciativas para su cultivo comercial y exportación, aprovechando que las zonas costeras submareales de las regiones sur australes presentan similitud con la principal zona de cultivo en Japón, las costas de Hokkaido, donde se cultiva la variedad más preciada de esta especie.
La metodología de la Universidad Austral consideraba la utilización de la tecnología de cultivo vía esporas, que consiste básicamente en la obtención de propágulos reproductivos, a fin de obtener plántulas en el hatchery, las cuales serán posteriormente transportadas a los lugares de crecimiento en sistemas de cultivo suspendido para su posterior cosecha.
La denuncia: Una crónica anunciada
La Dirección de la región de Los Lagos del Sernapesca recibió el 10 de noviembre del 2020 una denuncia ciudadana sobre un cultivo ilegal del alga Laminaria en el centro de la empresa Algas Tower. Luego de realizar la toma de muestras de las algas, se determinó preliminarmente que correspondía a una “especie de macroalga parda no descrita para las costas de Chile”, indicó Sernapesca.
La entidad fiscalizadora inspeccionó nuevamente el centro de cultivo en enero del 2021 con el objetivo de tomar muestras de las algas y realizar ensayos genéticos y moleculares para identificar la especie. En su informe el Sernapesca señaló que “se observó si el alga había proliferado en el sustrato, lo que no fue posible de verificar, pero sí se pudo constatar que las líneas se encontraban unidas por unas cuelgas, las que en base a lo señalado por personal de IFOP, probablemente fueron inoculadas con esporas previo a su instalación”.
En abril de 2021 se constató que las muestras obtenidas en enero maduraron y se tornaron reproductivas, constituyendo un indicio de su probable proliferación en el medio, “por lo cual, se planteó la necesidad de tomar acciones para verificar y determinar, si efectivamente esta macroalga logró asentarse en el medio ambiente acuático de las áreas cercana a donde se encontró”, señaló la entidad estatal.
¿Qué sanciones aplicará la autoridad en el contexto de los desastres sanitarios ambientales en la región de Los Lagos?
En el Título VI del Código Penal, que trata acerca “De los crímenes y simples delitos contra el orden y la seguridad públicos cometidos por particulares”, en el número 9º sobre delitos relativos a la salud animal y vegetal, el artículo 291 señala que “los que propagaren indebidamente organismos, productos, elementos o agentes químicos, virales, bacteriológicos, radiactivos, o de cualquier otro orden que por su naturaleza sean susceptibles de poner en peligro la salud animal o vegetal, o el abastecimiento de la población, serán penados con presidio menor en su grado máximo.”
Las penas privativas de libertad es la de presidio menor en grado medio (de 541 días a 3 años), pudiendo aumentar en un grado (de 3 años y 1 días a 5 años), por internar especies hidrobiológicas sin autorización, agravándose si la especie internada causa daño a otras existentes, o al medio ambiente, o liberar especies hidrobiológicas exóticas
Especies exóticas invasoras: Una de las 3 causas mas importantes de extinción de especies en la naturaleza
Algunas especies exóticas pueden presentar la condición de especie exótica invasora cuando su introducción y/o difusión amenace a la diversidad biológica originaria del lugar donde fue liberada, tal cual lo definió el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB).
Las especies exóticas invasoras son una de las tres causas más importantes de extinción de especies en la naturaleza, junto con la alteración de hábitat y la sobreexplotación.
Centro Ecocéanos: Las especies exóticas introducidas son los “intocables” en el mar chileno
Frente a esta situación el Centro Ecocéanos señaló que “en el contexto de la actual situación de sucesivas crisis sanitarias-ambientales que están afectando los ecosistemas marinos vulnerables, –fiordos, lagos y canales interiores-, en las áreas de expansión de la acuicultura industrial, la ciudadanía regional y los consumidores internacionales están observando el accionar de los organismos reguladores y fiscalizadores del Estado chileno”
La organización ciudadana indicó que “actualmente, se encuentra en discusión el proyecto de Ley de Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, el cual promete incluir el control y la erradicación de especies exóticas invasoras. Sin embargo, una vez más la complicidad político-empresarial ha logrado que se señale explícitamente que ello no incluirá aquellas especies de uso comercial, por lo que los salmónidos y otras especies de exportación seguirán siendo intocables en Chile”.*****FIN*****