19 - septiembre - 2024

Delitos que causen daño al medioambiente deberían ser imprescriptibles, propone Convención Constitucional

Muchos de los delitos ambientales han quedado en total impunidad debido a que los tribunales consideran prescrito los hechos luego de 5 años de tramitación legal. Otro antecedente que fortalece la solicitud de imprescriptibilidad, es que el daño ambiental tienden a ser multigeneracional y hereditario.


Santiago, 09 de febrero de 2022. (radiodelmar.cl)– La Comisión de Medio Ambiente de la Convención Constitucional aprobó este martes (08.01.2022) la norma que regula el “daño ambiental, justicia ambiental y reparación de las zonas de sacrificio”, en la cual se propone un artículo único que señala: «Los delitos que causen daño al medioambiente, serán siempre imprescriptibles». En la normativa ambiental la inprescriptibilidad vence a los 5 años del hecho delictual.

El resultado de la votación fue de 14 votos a favor, uno en contra y tres abstenciones. La iniciativa fue patrocinada por los constituyentes Camila Zárate -coordinadora de la comisión-, Manuela Royo, Tania Madariaga, Francisco Caamaño, César Uribe, Jaime Bassa, Carolina Vilches, Mariela Serey y Cristóbal Andrade, en respaldo de la iniciativa de norma popular Nº 8.410 promovida por el movimiento Un Parque para Las Salinas.

Esta norma supera con creces a la actual normativa señalada en el artículo 63 de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente que señala que “la acción ambiental y las acciones civiles emanadas del daño ambiental prescribirán en el plazo de cinco años, contado desde la manifestación evidente del daño”.

 

QUÉ DEBE CONTEMPLAR LA NUEVA CONSTITUCIÓN:

«La nueva constitución debe decretar la imprescriptibilidad de los delitos por daño ambiental, causados sobre la naturaleza y las personas, de esta forma hacer justicia ambiental por todas estas graves violaciones a los derechos humanos y derechos de la naturaleza.», dice la propuesta

Conseguir la justa restauración a su estado In Natura de las matrices ambientales dañadas y/o contaminadas de la forma técnicamente menos onerosa para la población afectada, además de poder resarcir las posibles afectaciones a la salud de las personas vulneradas, junto a esto que la responsabilidad de la restauración y reparación de los elementos dañados y previamente mencionadas queden en manos de los responsables del daño generado de forma dolosa o culposa.

Los patrocinantes de esta iniciativa afirman que «en Chile no existe Justicia ambiental real, un ejemplo de esto es Quintero y Puchuncavi, donde en el año 2018 ocurrieron intoxicaciones masivas en la población, debido a la contaminación provenientes de distintas industrias químicas, pese a todos los intentos de la comunidad, no se ha realizado justicia, ni menos se ha puesto la salud de las personas por sobre los intereses económicos de la industria química de la zona de sacrificio, la presencia de contaminación en playas, aire, agua, etc. sigue siendo el paisaje diario y una constante en el lugar».

Otro antecedente son los residuos tóxicos provenientes de Suecia que hoy se alojan en Arica. Debido a la presencia y exposición a esta contaminación cientos de personas de barrios obreros, han sido vulnerados en sus derechos fundamentales, enfermando de cáncer y otras enfermedades crónicas, debido a la presencia de arsénico, plomo y mercurio.

Este delito ambiental quedó en total impunidad debido a que los tribunales de Suecia con la ayuda de asesoría pagada por la empresa contaminantes a juristas Chilenos, estos tribunales basándose en leyes Chilenas consideraron que el delito estaba prescrito.

Los últimos avances científicos nos demuestran que debido a la alta complejidad de los tóxicos en la naturaleza y en el cuerpo humano, y además que la latencia o tiempo entre la primera exposición a un agente cancerígeno y los síntomas clínicos de la enfermedad son muy extendidos. Los periodos de latencia para el cáncer pueden ser de 15 a 20 años incluso llegar a 60 años como es el caso del cáncer de pulmón y la leucemia infantil, datos del seminario Disease Cluster – Dr Megan Weil Latshaw, 2021.

Otro antecedente que fortalece la solicitud de imprescriptibilidad de los delitos por daño ambiental, es que estas exposiciones que tienden a ser multigeneracionales (exposiciones a agentes tóxicos que atraviesan sucesivas generaciones, ejemplo: madre -> hija -> nieta), pueden generar efectos adversos transgeneracionales y ser hereditarios.

PROPUESTA DE ARTICULADO

Los delitos que causen daño al medioambiente, serán siempre imprescriptibles.

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