Organizaciones nacionales e internacionales lanzaron en conjunto in informe que pone en jaque la defensa a la salmonicultura en la Reserva Nacional Kawésqar. Tras la revisión de aspectos técnicos y jurídicos, se expone la incompatibilidad en materia jurídica de la industria en la zona.
Escrito por Fresia Ramirez,
Radio JGM de la Escuela de Periodismo de la Universidad de Chile
24 de marzo de 20222
Un informe recientemente lanzado por la ONG FIMA, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) y Greenpeace Chile, brinda insumos para la protección de la Reserva Nacional Kawésqar. Ello para ser entregado a la Corporación Nacional Forestal (CONAF) de Magallanes, Chile. Este organismo está a cargo de elaborar el plan de manejo de la Reserva Nacional Kawésqar, área protegida.
El informe analiza aspectos generales y particulares de la instalación de la industria en el sector y puntualiza uno central: el jurídico. Es en este ítem en el que la ONG FIMA concluye su incompatibilidad. Ello «tanto con el objetivo de protección de la Reserva Nacional Kawésqar, como con los acuerdos alcanzados con el Pueblo Kawésqar, durante la consulta indígena previa a la dictación del decreto que la crea».
Razones de incompatibilidad con Reserva Nacional Kawésqar
En atención a ello, el texto recomienda que el Plan de Manejo de la Reserva Nacional Kawésqar excluya, sin excepciones, la acuicultura de especies exóticas en su interior. Lo anterior justificado bajo tres puntos. En primer lugar, «la salmonicultura genera riesgos ecosistémicos irreversibles en las zonas donde se instala, los que se encuentran poco estudiados. Los escapes pequeños y masivos de salmones, la generación de condiciones anaeróbicas, contaminación por antibióticos, químicos y otros materiales, e introducción de especies exóticas son situaciones que se dan frecuentemente en los sitios donde opera la industria; incluso en zonas protegidas.
En segundo lugar, porque la salmonicultura «no tiene cabida legal en un área que tiene como objetivo la protección y conservación ambiental. La interpretación armónica de las normas de la Convención de Washington, de la Ley General de Pesca y Acuicultura y de los principios ambientales (preventivo y precautorio), nos lleva a concluir que este tipo de actividades debiesen estar completamente prohibidas en las Reservas Nacionales que tengan como objeto la protección del medio marino, debido a los riesgos ecosistémicos que el mismo legislador ha identificado en la realización de las actividades industriales de cultivo de especies exóticas para un área marina protegida».
Y finalmente, y en particular para la Reserva Nacional Kawésqar, porque el Estado de Chile adquirió en el proceso de consulta previa indígena con las comunidades Kawésqar, el acuerdo expreso de proteger las aguas y de impedir el desarrollo de actividades como la salmonicultura.
Puedes leer el informe completo aquí.