18 - septiembre - 2024

Tripulantes de naves salmoneras van a huelga legal exigiendo estándares mínimos de seguridad, derecho a sindicalización y salarios justos 

El proceso de negociación sigue en curso y deberá pasar en los próximos días por una nueva ronda de conversaciones al alero de la Inspección del Trabajo.


Puerto Montt, 29 de junio de 2023. (Radiodelmar.cl)– El sindicato de trabajadores de la empresa FRASAL, una de las principales compañías que presta servicios de transporte marítimo a la industria salmonera que opera en el sur de Chile, aprobó ir a huelga legal luego que los empleadores no habrían respetado los acuerdos mínimos logrados en la negociación colectiva.

«Durante el periodo de negociación, habíamos llegado a acuerdos mínimos, los cuales no se respetaron por la propuesta final del empleador y que ante esto se decidió votar a huelga, teniendo como resultado un 100% de adhesión a ella», dice una comunicación del Sindicato de Trabajadores Del Grupo de Empresas Frasal.

El proceso de negociación por «materias de descanso efectivo, respeto de la jornada de trabajo, incremento de las remuneraciones, derecho a sindicalizarse y la protección integral laboral», sigue en curso y deberá pasar en los próximos días por una nueva ronda de negociaciones al alero de la Inspección del Trabajo.

El presidente de esta compañía es Harald Rosenqvist, que lidera el gobierno corporativo de la multinacional naviera CPT, un holding multinacional «perteneciente a dos importantes actores de la industria logística y marítima, como lo son Castor Inversiones Ltda., y Agencias Universales S.A. (Agunsa)», dice el sitio web de cpt.cl.

Rosenqvist señala que «CPT es una Empresa centenaria, y al mirar hacia atrás vemos, con orgullo, cuánto hemos crecido. Hemos enfrentado diferentes mares, con sacrificios, dedicación y pasión, mucha pasión. Se ha requerido también, ser lo suficientemente humilde para trabajar en nuestras debilidades y, a la vez, aprovechar nuestras fortalezas para enfrentar todas las oportunidades que las circunstancias y la historia nos han entregado. Vivimos en un mundo globalizado y altamente competitivo y sólo hay espacio para los mejores.»


 

DECLARACIÓN DE HUELGA DEL SINDICATO DE TRABAJADORES  DEL GRUPO EMPRESAS FRASAL S.A.

 Que, nos encontrábamos en un proceso de negociación colectiva durante el mes de junio del 2023, recibiendo una última propuesta del Grupo de Empresas Frasal S.A, la cual no se acerca a los estándares mínimos de nuestra legislación laboral en cuanto a las materias de descanso efectivo, respeto de la jornada de trabajo, incremento de las remuneraciones, derecho a sindicalizarse y la protección integral laboral, que en definitiva refleja la intransigencia del empleador así como la  falta de reconocimiento y dignidad por nuestra labor que desempeñamos de forma diaria, la cual mueve nuestro mar, el crecimiento de nuestra región y la prosperidad de este país.

Que, además de lo anterior, durante el periodo de negociación, habíamos llegado a acuerdos mínimos, los cuales no se respetaron por la propuesta final del empleador y que ante esto se decidió votar a huelga, teniendo como resultado un 100% de adhesión a ella, que demuestra la movilización y el descontento de nuestra gente así como lucha histórica por mejores condiciones laborales y humanas del personal embarcado.

Que es tal la desigualdad, que existe una diferenciación profunda y naturalizada de los trabajadores sindicalizados de lo que no, existiendo segregación y diferencias desde el trato, la nave que se embarcan hasta los derechos que se les reconoce, todas malas prácticas que atenta contra un buen ambiente laboral y principalmente contra los derechos constitucionales de los trabajadores sindicalizados, los cuales son vulnerados.

Situaciones que no pueden ser permitidas ni avaladas, que requieren del conocimiento de las autoridades, así como de llegar a todas las instancias administrativas, legales y judiciales que sean necesarias y conducentes para establecer el derecho de los trabajadores a un trato justo y digno así como sus requerimientos sean insertados y consolidados en el contrato colectivo.

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