21 - noviembre - 2024

Planta procesadora en Tocopilla debe pagar multa millonaria por no acreditar origen legal de 38 toneladas de huiro negro

La Dirección Regional Antofagasta del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura logró, hace pocos días, el cumplimiento de la sentencia en contra de una planta procesadora de algas ubicada en Caleta Urco, al norte de Tocopilla, que implica una cuantiosa multa por el transporte y acopio de recursos sin acreditación de origen legal (AOL).

El caso se remonta a enero de 2023, cuando la Dirección Regional recibe un llamado de Sernapesca Maule informando de la existencia de tres solicitudes de AOL sin regularizar, respecto de 38 toneladas de huiro negro que la planta procesadora despachó desde Pelluhue hasta Tocopilla.

«Ya en la planta, funcionarios del Servicio verificaron la llegada del cargamento de huiro negro y constataron que no contaban con la AOL, por lo que se presentó la denuncia y se inició el procedimiento sancionatorio de rigor al infringir disposiciones sobre la materia de la Ley de Pesca y Acuicultura», explicó Pilar Irribarren, Directora Regional de Sernapesca Antofagasta.

Los representantes de la planta indicaron que tenían todos los documentos en regla y se habían realizado las gestiones correspondientes para regularizar la AOL de los recursos, contactando al funcionario encargado para ello. Sin embargo, a juicio del Juzgado de Letras de Tocopilla, donde se desarrolló el proceso, no se pudo comprobar la razón por la que no se completó el procedimiento de visación establecido por la normativa, que es en forma presencial en la oficina del Servicio más cercana al punto de origen de la carga, dentro de los dos hábiles siguientes a su despacho.

En primera instancia, los infractores fueron condenados al pago de una multa total de 789,76 unidades tributarias mensuales, equivalentes a $50.815.527. Los representantes de la planta apelaron la decisión ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta, pero el tribunal de alzada confirmó el fallo del juzgado de Tocopilla.

«Como Servicio, es importante destacar que la decisión de los tribunales ratifica el permanente trabajo de fiscalización de nuestros funcionarios y funcionarias a lo largo del país. La acreditación de origen legal de los recursos hidrobiológicos entrega certezas de que toda su cadena de valor, desde su extracción hasta su procesamiento y comercialización, se hace de acuerdo a la normativa vigente y que es cumplida por todos los actores», indicó Pilar Irribarren.

La sentencia se encuentra en estado firme y ejecutoriada desde el 5 de febrero de 2024, por lo que de no acreditarse el cumplimiento de pago de la multa habiendo transcurrido el plazo de 10 días establecido por ley, el tribunal despachará orden de arresto en contra del representante legal, a menos que constare su falta de participación o su oposición al hecho constitutivo de infracción.

[gs-fb-comments]
spot_img

Últimas Informaciones

Artículos Relacionados