22 - noviembre - 2024

Otro fallo de Corte Suprema deja claro que en Chile sí está permitido el autocultivo de cannabis

Ante esto, la Directora Ejecutiva de Fundación Daya, Ana María Gazmuri, sostuvo que “celebramos este nuevo triunfo jurídico logrado por el Estudio de Abogados Hermosilla y Compañía”. Gazmuri agregó que la conducta del personal policial fue abusiva, humillante, degradante, y con este fallo de la justicia, una vez más, queda claro que en Chile sí está permitido el autocultivo de cannabis para fines medicinales y personales”.


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Santiago, 24 de mayo de 2016. (radiodelmar.cl) — La Corte Suprema acogió el recurso de amparo presentado en contra de Carabineros por el ingreso ilegal a parcela en Isla de Maipo que mantenía un cultivo de marihuana para uso medicinal, el 28 de marzo pasado. Cabe destacar que el usuario, Ricardo Budín, fue acusado por tener dos plantas de cannabis en el patio de su vivienda, siendo detenido por Carabineros de la vigésimotercera comisaría de Talagante.

Fue la Corte Suprema quien declaró arbitrario e ilegal el actuar de Carabineros, institución que realizó un procedimiento en el domicilio del afectado sin contar con orden judicial o encontrarse en situación de flagrancia.

Ricardo Budín mantenía plantas de cannabis, debido a que su hijo la consumía por padecer de Síndrome de West, que deriva en numerosas crisis de epilepsia al día.

Ante esto, la Directora Ejecutiva de Fundación Daya, Ana María Gazmuri, sostuvo que “celebramos este nuevo triunfo jurídico logrado por el Estudio de Abogados Hermosilla y Compañía”. Gazmuri agregó que la conducta del personal policial fue abusiva, humillante, degradante, y con este fallo de la justicia, una vez más, queda claro que en Chile sí está permitido el autocultivo de cannabis para fines medicinales y personales”.

Además, la representante de Daya comentó que esta es “una situación que no puede volver a ocurrir, ya que se arriesga la salud de pacientes como el hijo de Budín, de pacientes que requieren estas plantas para su uso medicinal y no puede ser que se vean expuestos a tener que suspender un tratamiento médico por errados procedimientos policiales”. Gazmuri esgrimió que “esperamos que este nuevo antecedente jurídico vaya transformando definitivamente la realidad y en Chile se deje de vulnerar los derechos humanos de los usuarios de cannabis”.

Por otro lado, el Abogado de Cáñamo, Pedro Mendoza, celebró el fallo y apuntó que “lo importante de este fallo es que destaca que los funcionarios policiales obraron de manera equivocada y envía un aviso contundente, ya que respalda los certificados médicos entregados a Budín por Fundación Daya respecto al uso de cannabis”.

Mendoza, además, señaló que la Corte Suprema “informó a las policías para que esto no se vuelva a repetir y que si bien ya se arruinó el cultivo de esta persona, la Corte exigió que una situación como esta no vuelva a ocurrir”. El Abogado, además, celebró el fallo porque argumentó que “sirve también para que los usuarios de cannabis se eduquen sobre sus derechos”.

Gazmuri puntualizó que “para Fundación Daya es fundamental el apoyo entregado a Ricardo Budín, y como organización estamos disponible para apoyar a usuarios de cannabis medicinal, sobre todo cuando vemos permanentemente que esta vulneración ocurre con mayor frecuencia en familias de sectores más sencillos de nuestra población, lo que implica un trato discriminatorio”.


EL FALLO DE ESTE CASO PUEDE SER VISTO EN ESTE LINK


 

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