28 - noviembre - 2024

Historia e impactos de la Ley de Pesca que privatizó los peces en Chile

¿Cómo influyeron las prácticas de corrupción en la legislación, promulgación y ejecución de esta ley, es decir las situaciones ilegales por las que ya han sido sentenciados políticos que aprobaron esta normativa y otras prácticas que aún se investigan?

Este es un informe crítico a la forma como se implementaron las nuevas regulaciones de la Ley de Pesca y la manera como se asignó propiedad por 20 años renovables de las cuotas pesqueras.


Por: Patricio Igor Melillanca
Agosto de 2018


 

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Desde que se tienen registros de desembarques de recursos hidrobiológicos frente a las costas chilenas, estos crecieron desde unas 90 mil toneladas en 1951 a más de 8 millones de toneladas en su máximo registrado en el año 1994, para posteriormente descender de manera progresiva hasta alcanzar tan solo los 2,8 Millones de toneladas en 2016, incluida la producción salmonera que representa cerca de 800 mil toneladas anuales. Esta carga extractiva ha generado una explotación de los recursos pesqueros que ha alcanzado un umbral crítico. Según el informe “Estado del Medio Ambiente en Chile. comparación 1999-2015”, existen actualmente nueve explotaciones pesqueras colapsadas y 10 en estado de sobreexplotación. La captura de peces pelágicos (de poca profundidad), como la anchoveta y el jurel, disminuyó en más del 70% respecto a 1999, mientras que la de especies demersales (de más profundidad, como la merluza de cola o el congrio colorado), se redujo por encima del 82% en igual periodo.

La disminución de los desembarques especialmente a partir de 2013 ocurre cuando comienza a regir una nueva normativa pesquera, la denominada Ley Longueira (Nº 20657) que buscaba precisamente la sustentabilidad de las pesquerías. En 2014 se alcanzó tan solo 3.803.193 representando una baja de un 13 por ciento respecto al año anterior. En tanto en 2015 nuevamente disminuyó la producción total registrándose tan solo 3.323.035 toneladas. Y el 2016 la producción total alcanzó 2.878.886 toneladas, confirmando una tendencia de disminución sostenida los últimos 4 años.

Las normativas implementadas desde 1980

En 1991 La Ley de Pesca (18.892), fue la primera ley aprobada por el Congreso Nacional de Chile luego de terminada la dictadura cívico militar. Antes de esto, los cuerpos legales que imperaban en el sector eran solo un decreto de 1981 (DS. 460), que implementó la cuota pesquera global para pesquerías pelágicas (de superficie, especialmente en la zona norte) y luego en 1982 a los peces demersales (de fondo, merluza, congrio, especialmente en la zona centro sur).

Luego de esto solo en 1989 hubo un impulso de la Junta de Gobierno -que realizaba las veces de poder legislativo y ejecutivo-, por imponer una normativa en el sector orientada a normar “la preservación de los recursos hidrobiológicos y toda actividad pesquera extractiva” (Ley 18892), conocida como Ley Merino.

En lo que respecta al acceso a los recursos, la Ley Merino introducía como único instrumento de asignación de los recursos marinos, el sistema de Cuotas Individuales Transferibles (CIT), que consiste en distribuir derechos exclusivos de pesca como fracción de una cuota global en aquellas pesquerías declaradas en plena explotación. La asignación de estas cuotas sería en función de la presencia previa en la pesquería (derechos históricos) (75%) y licitaciones (25% restante).

El sistema de CIT como su nombre lo dice tiene implícito la transferibilidad de este patrimonio, el que además puede, arrendarse, heredarse, hipotecarse, y transarse, con lo cual es un sistema que entrega propiedad sobre estos bienes.

Sin embargo, en 1990 el recién conformado Congreso Nacional le exigió al Ejecutivo que postergue la promulgación de la Ley Merino y envíe un proyecto para una nueva Ley de Pesca y así no aprobar el cuerpo normativo enviado por la dictadura. La Ley enviada por el presidente Patricio Aylwin fue aprobada en 1991 la cual licitaba las cuotas pesqueras por 10 años, las que luego volvían al Estado y se licitaban otra vez. Esto permitía la participación de todos los actores y también tenía garantías para preservar el recurso y mantener la propiedad en manos del Estado. Curioso en esta discusión legislativa fue la posición de varios senadores de la ultraderecha chilena, encabezados por Jaime Guzman y Sebastián Piñera, en oponerse a las CIT y apoyar un proceso de licitación. Incluso llegaron a discutir en el Tribunal Constitucional para mantener su posición licitadora.

En el año 2001, después de mucho debate, se instauró una variante de CIT: los Límites Máximos de Captura por Armador (LMC) vinculados a la nave y de diez años de duración (Ley 19.713). Los LMC se asignaron en base a desembarques históricos y capacidad de bodega, y correspondían a un determinado porcentaje de la fracción industrial de la cuota global de captura. Inicialmente los LMC se otorgaron por dos años, y luego se prorrogaron por 10 años más hasta el 31 de diciembre de 2012 (Ley 19.849, 2002).

Entonces el 2012 se legisló para prorrogar la Ley aprobada en 2001 y modificar la ley de 1991. En definitiva, se aprobó la Ley 20657, conocida como Ley Longueira, que contempla licencias transables de pesca (LTP), que son cuotas individuales perfectas de 20 años de duración renovables, salvo causales de caducidad laborales, ambientales y pesqueras, causales que a juicio de varios nunca se ejecutaran.

En definitiva la normativa que rige actualmente al sector es la Ley 20.657, y contempla licencias transables de pesca (LTP), que son cuotas individuales perfectas de 20 años de duración renovables, es decir son propiedad privada de los tenedores de cuotas, los cuales las pueden vender, heredar, transar en la bolsa de comercio y hasta hipotecari.

Preguntas

¿La nueva normativa trajo una mayor protección y sustentabilidad a las pesquerías chilenas?

¿Cuáles son las razones actuales de sectores productivos, políticos, y ciudadanos que demandan la anulación de esta ley?

  1. Aspectos políticos del caso.

En el sector pesquero en forma histórica los actores productivos se dividían cultural y legalmente en dos: el sector industrial y el artesanal. Sin embargo, en las últimas dos décadas el sector artesanal aparece con una serie de subdivisiones en las que se destacan los semi-industriales; es decir el sector de lancheros cuyas embarcaciones llegan hasta los 18 metros de eslora, superando al tradicional bote artesanal que llega a los 12 metros. Los lancheros además tienen mayor capacidad de carga, tecnología, habitabilidad y sus periodos de pesca pueden durar más de un mes, a diferencia de los pescadores con botes de 12 metros que sus faenas duran una jornada.

A estos sectores hay que sumarle el importante rol que está jugando el sector de los acuicultores de salmón, debido a que son un comprador importante de la harina de pescado o esta materia transformada en alimento para abastecer a los centros de engorda de salmones.

Importante es apreciar que los vínculos históricos del sector pesquero industrial han estado ligados a la democracia cristiana, donde la familia Zaldivar ha sido una activa defensora de los intereses del Grupo Angelini, donde varios de los hermanos (Adolfo, Felipe y Andrés), han sido ejecutivos de esta compañía o han sido accionistas.

En el sector pesquero artesanal la cuestión es más diversa, pero hay que señalar que la que fue la principal y única organización de pescadores nacida en los años ’80, la Confederación Nacional de Pescadores Artesanales de Chile (Conapach), estuvo regularmente cuadrada con intereses alejados a los de la derecha política y más cercana a posturas socialistas. Sin embargo, cuando se aprobó la actual Ley de Pesca en 2012, la presidenta de esta organización optó por apoyar la propuesta del ultraderechista ministro de Economía del gobierno de Piñera, Pablo Longueira, y generó un quiebre poderoso en esta organización. Allí nació el Consejo Nacional por la Defensa del Patrimonio Pesquero de Chile –CONDEPP Chile A.G. que rechazó la ley y que en los últimos años ha comenzado un proceso de reforzar su orgánica y establecer con mayor fuerza y claridad sus postulados.

Además de estos sectores productivos y sus vinculaciones políticas, hay que contemplar el surgimiento del pueblo Mapuche como un actor más que reclama derechos consuetudinarios tanto para acceder al mar como para usar los recursos marinos.

Y por último un sector de organizaciones medioambientales y ciudadanas que también luchan por defender intereses sociales, económicos y ecológicos.

Fuera Fontaine y la subasta – Entra Longueira y la privatización

Cuando Sebastián Piñera juró como presidente de la República en marzo de 2010, también lo hizo el ministro de economía, Andrés Fontaine, quien defendía e incluso sigue defendiendo un sistema de administración pesquera basado en “subastas” porque: “como se ha probado reiteradamente – por ejemplo, en la reciente licitación de suministro eléctrico-, ello levantaría barreras de entrada y atraería nuevos e innovadores competidores”ii.

Según Fontaine, esta “idea era resistida tenazmente no solo por los industriales pesqueros, sino también por los sindicatos de tripulantes”.

Frente al sistema aprobado de privatización de las cuotas pesqueras, Fontaine en 2015, 3 años después de aprobada la Ley seguía defendiendo su postura original afirmando que “quienes defendemos el modelo de libre mercado debemos ser también celosos guardianes de la libre competencia y la libre entrada”.

Pero Fontaine duro poco en el gobierno. Solo 1 año y tres meses porque en julio de 2011, Pablo Longueira, un hábil político de la ultraderecha asume la cartera de economía y las propuestas de subastas y licitaciones de cuotas pesqueras desaparecen de la hoja de ruta del gobierno de Piñera.

Lo que hace entonces Pablo Longueira es comenzar de inmediato a ordenar el campo de juego político con el fin de hacer aprobar la Ley de Pesca, en función de los intereses de los grandes industriales. Y de inmediato se acerca a la principal organización que hasta ese momento se oponía históricamente a la implementación del sistema de Cuotas Individuales Transferibles, los pescadores de Conapach.

Quiebre en la organización de pescadores

Los pescadores artesanales varias veces se han declarado herederos de las costumbres y modos de vida de los pueblos originarios costeros. Incluso su forma de económia era basado en un sistema de reparto, llamado “la sociedad a la parte” que es uno de los elementos que posibilita la horizontalidad en las tripulaciones, y que asegura la independencia de los pescadores artesanales. De hecho, los sistemas de compensación por reparto son comunes a todas las culturas de pescadores artesanales, de países en desarrollo y desarrollados, y entre pescadores con orientaciones culturales muy diferenteiii. En definitiva, este sistema es que luego de pagar todo lo que significan “los costos del esfuerzo de pesca”iv (combustible, mantención de la embarcación, y en algunos casos un porcentaje para el dueño del bote), luego de esto, todo el excedente se distribuye en partes iguales.

Además de este sistema de reparto, los pescadores históricamente tenían libertad de pesca, y los derechos eran de carácter colectivo y comunitario. Esto es todo lo contrario a la asignación o entrega de cuotas privadas personales y transferibles o bancarizables.

Los pescadores artesanales por tanto siempre habían rechazado este tipo de propuestas privatizadoras. Lo hicieron cuando se implementó la primera Ley de Pesca en 1991, luego en 2000-2002 fueron el principal bloque que rechazo esta propuesta y en 2012 el panorama continuaba siendo el mismo. Sin embargo, a dos meses de asumido como ministro de economía, Pablo Longueira supo leer lo que estaba ocurriendo en la pesca artesanal y la división importante que había ocurrido entre pescadores dueños de lanchas semi-industriales y la gran masa de pescadores de botes de 12 metros y de pescadores que estaban ahora trabajando como empleados-tripulantes y ya no eran parte del sistema de reparto. Longueira entonces negoció con los dueños de las lanchas, llamados patrones de pesca, y logró que la presidenta de la Conapach, Zoila Bustamante aceptara la propuesta de Cuotas Individuales Transferibles.

La oferta fue entregar un porcentaje más de la cuota global de algunas especies para el sector artesanal, es decir para los dueños de las lanchas, pero no para todos los pescadores y sus familias. Las cuotas ahora serían de los patrones de pesca, del sector artesanal.

Posición de ONG ambientales

Es importante ver la posición de las ONG ambientales tanto las internacionales como las nacionales. Greenpeace, Oceana y WWF, fueron las que apoyaron la Ley con el argumento que esta normativa protegería los ecosistemas y recursos marinos principalmente porque se establecerían «comités científicos» los que tendrían la responsabilidad final de fijar las cuotas de pesca y no las decisiones políticas. Greenpeace fue una de las organizaciones más activas en defender esta postura. Sin embargo, ninguna de las tres grandes organizaciones se refirieron al rechazo de otras ong locales, de un importante sector de la pesca artesanal que se retiró de Conapach y de los intereses y derechos de los pueblos originarios.

EL caso de Greenpeace es bastante particular porque regularmente en Chile venía trabajando en conjunto con las comunidades locales en la defensa de los intereses ambientales, pero también de los derechos sociales. Esta diferenciación y alejamiento de la defensa de estos intereses y el asumir una postura con la idea de quién tiene dinero puede proteger o sobrexplotar, o de quién contamina paga, se había dado a conocer por Greenpeace en una peculiar postura en torno a las ballenas en 2010, cuando junto a PEW y WWF, dieron a conocer un documento en que aceptaban la caza comercial, solo y cuando estos productos irían para consumo humano. Además del establecimiento de cuotas de caza comercialv. Esta postura no tomaba en cuenta las recomendaciones de la Corte de la Haya en que calificaba la caza científica y por supuesto comercial como una violación a la prohibición dada por la Comisión Ballenera Internacional. Al final la postura de Greenpeace en la discusión ballenera fue rechazada por la gran mayoría, pero quedó registrado su cambio fundamental para tratar estos y otros temas.

Pero con esta postura y la fundamentación que la ley iba a proteger los ecosistemas pesqueros Greenpeace apoyó la Ley Longueira valorando que la nueva ley de pesca “haya incorporado como base criterios de conservación ambiental. Para la organización, estas incorporaciones significan una oportunidad para comenzar a monitorear la salud de las más importantes pesquerías y fortalecer la institucionalidad vigente, restringiendo el poder de la industria para autorregularse”vi. Sin embargo 5 años después de esa declaración, las pesquerías siguen en declive y la disminución de los stocks pesqueros continúa.

Las Ongs que se opusieron a la Ley Longueira en definitiva fueron Ecoceanos.cl, el Centro de Conservación Cetácea (ccc-chile.org), y varias otras organizaciones de diferentes territorios regionales. También cabe destacar la oposición de la Asociación de Medianas y Pequeñas Empresas Pesqueras (Pymepes). Sus argumentos eran que principalmente que la Ley generaba un despojo a las comunidades por parte de las empresas, que no se respetaba el derecho a consulta a los pueblos indígenas, que los derechos históricos (10 o 15 años) que defienden los industriales no son derechos históricos, que para el Estado es mejor subastar cada año y así monitorear las utilidades y la sustentabilidad de los recursos, entre otras razones.

En el caso de las pequeñas y medianas empresa pesqueras, en plena discusión parlamentaria de la Ley Longueira, cuando este gremio se oponía a la privatización pesquera, Alfredo Irarrázaval, gerente de Pymepes, afirmó que “el gobierno está privilegiando la importación de conservas desde Asia, como Vietnam, Tailandia y Marruecos, y la producción de harina, de la gran industria, para alimentar pollos y cerdos“. Añadió que “este tipo de políticas son las culpables que en Chile las familias consuman al año sólo 7 kilos per cápita del pescados y mariscos, en contraste con lo que ocurre en Perú, donde el consumo supera los 22 kilos”vii.

El 09 de octubre de 2012 el Director Ejecutivo de ECOCEANOS, una de las organizaciones que lideraba el sector que se oponía a este tipo de modificaciones a la Ley de Pesca y a las Cuotas Individuales Transferibles, a través de su director Juan Carlos Cárdenas, “reiteró que el objetivo central de la presente iniciativa es la transferencia de la propiedad de los recursos pesqueros de la nación, de manera gratuita y vitalicia, a un pequeño grupo de operadores industriales que han sido, además, los responsables de la actual crisis pesquera. En ese contexto, reflexionó, todos los otros temas tienen un carácter secundario en el proyecto”viii.

Posición del organizaciones y comunidades Mapuche

Respecto a la discusión sobre propiedad de los recursos marinos, en 2012 por primera vez apareció con más fuerza la postura de los pueblos indígenas, especialmente el Mapuche, que luego de varias discusiones optaron por rechazar la propuesta del ministro Pablo Longueira y defender los derechos colectivos y comunitarios de las comunidades indígenas por sobre la entrega de cuotas de pesca.

Aquí la organización Identidad Territorial Lafkenche fue la férrea defensora de los derechos indígenas, sin embargo, su postura no fue tomada en cuenta ni por el gobierno, ni por la discusión parlamentaria.

La interpretación que le dio el gobierno a las demandas mapuche fue que la Ley sobre Espacios Marinos Costeros para los Pueblos Indígenas, conocida como Ley Lafkenche (Ley 20.249), ya brindaba protección y acceso a los recursos del mar a las comunidades indígenas.

Además, el gobierno de Piñera alegó que la Ley de Pesca era una normativa de carácter sectorial y que por esta condición no afectaba los intereses de los pueblos indígenas y por tanto además no requería de consulta tal como lo obliga el Convenio 169 de la OIT. Esta posición del gobierno quedó registrada el documento titulado “Razones por las que el proyecto de ley boletín 8091-21, no requiere consulta indígena”, informe de circulación restringida, cuyo objetivo fue fundamentar la decisión política del Ministerio de Economía (2012), de no aplicar el proceso de consulta previa, libre e informada a pueblos originarios, al momento de realizar una serie de modificaciones a la Ley General de Pesca y Acuiculturaix.

  1. Aspectos ecológicos del caso.

Desde que se tienen registros de desembarques de recursos hidrobiológicos en el mar chileno, estos crecieron desde unas 90 mil toneladas en 1951 a más de 8 millones de toneladas en su máximo registrado en el año 1994, para posteriormente descender de manera progresiva hasta alcanzar tan solo los 2,8 Millones de toneladas en 2016, incluida la producción salmonera que representa cerca de 800 mil toneladas anuales. Esta carga extractiva ha generado una explotación de los recursos pesqueros que ha alcanzado un umbral crítico. Según el informe “Estado del Medio Ambiente en Chile. comparación 1999-2015”, existen actualmente nueve explotaciones pesqueras colapsadas y 10 en estado de sobreexplotaciónx. La captura de peces pelágicos (de poca profundidad), como la anchoveta y el jurel, disminuyó en más del 70% respecto a 1999, mientras que la de especies demersales (de más profundidad, como la merluza de cola o el congrio colorado), se redujo por encima del 82% en igual periodoxi.

La disminución de los desembarques especialmente a partir de 2013 ocurre cuando comienza a regir una nueva normativa pesquera, la denominada Ley Longueira (Nº 20657) que buscaba precisamente la sustentabilidad de las pesquerías. En 2014 se alcanzó tan solo 3.803.193 representando una baja de un 13 por ciento respecto al año anterior. En tanto en 2015 nuevamente disminuyó la producción total registrándose tan solo 3.323.035 toneladas. Y el 2016 la producción total alcanzó 2.878.886 toneladas, confirmando una tendencia de disminución sostenida los últimos 4 años.

Estos datos permiten discutir acerca de si la Ley 20.657, conocida como Ley Longueira ha tenidos impactos positivos para la sustentabilidad de los recursos. Las ONGs internacionales defendían que esta ley iba a proteger los ecosistemas y terminar con la sobrepesca, principalmente porque establecía “comités científicos” cuyo fallo reemplazaría a las decisiones políticas o de sectores productivos.

Un solo ejemplo de que esto no ha funcionado -aparte de la evidencia de disminución de la biomasa pesquera-, es lo que ocurrió con la decisión del Comité Científico que fijó cuotas para 2016 del recurso merluza común: “El informe del Comité científico planteaba autorizar la extracción entre los rangos de 20 a 25 mil toneladas, pero “aconseja que se considere el valor inferior del rango para el año 2017, esto es 20 mil toneladas. La Cuota global fue de 25 mil toneladasxii. Es decir, nuevamente el criterio científico dio una amplia maniobra a la decisión política y económica por sobre la específica recomendación de que la cuota sea la más baja.

  1. Relaciones entre lo político y lo ecológico del caso.

En las discusiones sobre esta Ley, en mi parecer es que todos los sectores políticos usaron argumentos ecológicos para defender sus posturas. Eso no es extraño. Tampoco es extraño que sectores políticos usen cualquier argumento, como los temas ambientales, para defender sus intereses. Lo peculiar de esto es que organizaciones ambientales hayan defendido sus intereses por sobre los derechos de las comunidades.

A pesar que Greenpeae y Oceana dejaron claro que no estaban de acuerdo en un sistema de cuotas pesqueras privatizadas, su principal lucha fue por hacer avanzar en la discusión legal la creación de Comités científicos y la protección de zonas marinas contra la pesca de arrastre.

Respecto a los comités científicos, a casi 5 años de la implementación de la Ley, las capturas siguen disminuyendo, y estos comités no han sido capaces de anunciar menores cuotas de pesca. El ejemplo de la cuota de merluza común para el 2017 es un claro ejemplo de esto.

En el caso de Oceana, su postura fue que la Ley protegería amplias zonas marinas, lo cual estaba acorde con la política internacional de esta institución de aumentar las áreas marinas protegidas. Y el gobierno de ese entonces prometió que comenzaría a proteger áreas de montes submarinos y prohibiría la pesca de arrastre en esos lugares. Lo cual efectivamente ocurrióxiii.

El apoyo de estas organizaciones fue muy bien aprovechado por la industria y por el ministro Longueira que en varias de sus intervenciones públicas afirmaban que los ambientalistas estaban de acuerdo con la ley y por tanto los parlamentarios debían aprobarla. En una reunión del senado, el ministro Longueira afirmó “Quisiera recordar que la encargada de Greenpeace se reunió conmigo en el Ministerio de Economía, donde le explicamos todas las incorporaciones que hicimos en el proyecto a fin de garantizar la sustentabilidad de los recursos. Ella reconoció en la entrevista que era así, pero hizo presente que faltaban tres materias. Al día siguiente le envié una carta, de público conocimiento, en la que le puntualicé que las habíamos presentado como indicación del Ejecutivo”xiv. Luego en otras varias ocasiones uso a Greenpeace para defender la Ley, tal como lo hicieron varios de los parlamentarios que apoyaron esta normativa.

 

  1. Dimensiones normativas en el caso

 

La necesidad de “certeza jurídica”

El 19 de diciembre de 2012, finalizada la tramitación legislativa de la nueva forma de administración de las pesquerías, el gobierno de Sebastián Piñera, a través de su Subsecretario de Pesca, afirmó que esta Ley “entrega certeza jurídica al sector industrial al establecer licencias transables de pesca que duran 20 años”xv.

Certeza Jurídica, fue un término que gustaba en las oficinas de los abogados que históricamente han defendido los intereses de las empresas pesqueras. Certeza Jurídica en el mar. Certeza Jurídica en zonas del planeta en que aún no hay propiedad privada.

Certeza jurídica en el mar, frente a la discusión de los recursos comunes, frente a la privatización, frente al uso comunitario y colectivo. El término Certeza Jurídica fue usado por los estudios de abogados de las compañías pesqueras. Y fue tomado por los funcionarios políticos en el sentido que se requería certeza jurídica para invertir a largo plazo, para contratar a personas, para comprometerse con los compradores de pescado a nivel internacional.

El ministro Longueira afirmó que «debe otorgarse certeza al sector, el que históricamente ha tenido inestabilidad y leyes de carácter transitorio o vigencia a corto plazo, con el objeto de lograr una mayor inversión»xvi. Esto era parte también del discursó de los industriales de Asipes que señalaron que «la solidez jurídica entrega certeza a las inversiones de largo plazo»xvii.

Derechos históricos y derechos ancestrales

El sector más afectado con la implementación de la Ley Longueira es el de los pueblos indígenas. La actual “Certeza Jurídica” que entrego propiedad sobre los recursos hidrobiológicos a las empresas y patrones de lanchas semiindustriales, despojó del ancestral pesca y extracción de peces a las comunidades indígenas.

Rodrigo Sarquis, presidente de la Sociedad Nacional de Pesca, que reúne a los grandes industriales, en noviembre de 2012 defendía los derechos históricos de pesca de su sector: “el proyecto vulnera nuestros derechos históricos. La industria pesquera tiene 80 años en el país, por lo tanto, no hemos recibido una razón contundente, ni del gobierno ni del Parlamento, para que le quiten un porcentaje de sus cuotas de captura. Eso, desde nuestra perspectiva, es debilitar la estabilidad jurídica de la industria. La pregunta es: ¿A quién le van a dar las cuotas? ¿A una empresa extranjera?xviii. Esto lo señalaba en razón de que se iba a disminuir un porcentaje de la cuota industrial para entregársela a pescadores artesanales. Cuestión clave para que el sector de pequeña escala no bloquee la privatización de los peces.

El tema de los derechos históricos fue reconocido para fijar los porcentajes que se entregarían a los diferentes industriales y patrones artesanales. Pero los derechos históricos de los pueblos indígenas fueron totalmente invisibilizados, a pesar que fueron reclamados en diferentes reuniones tanto en el senado como en la cámara de diputados, incluso luego en el Tribunal Constitucional.

Aprobada la ley, las comunidades indígenas, declararon que esta “ley no tiene validez para el pueblo mapuche”. Así lo afirmó Adolfo Millabur, representante de la organización Identidad Territorial Lafkenche, en una extensa columna publicada en noviembre de 2012. “Para nosotros la Ley de Pesca no tiene validez, no la reconoceremos mientras no nos considere nuestros derechos como Pueblos Originarios”, dijo Millaburxix.

 

  1. Aspectos comparativos del caso

El mar, la alta már, más allá de las 200 millas marinas, es una zona sin dueño, son aguas internacionales. Junto a la Antartica, son las últimas zonas del planeta donde ni Estados, ni Empresas, tienen propiedad, ni sobre el mar, ni sobre los recursos. Hasta no mucho, desde 1950, solo los Estados ejercían soberanía y jurisdicción solo hasta las 12 millas. A partir de 1947 Chile y Perú implementaron ampliar esta soberanía hasta las 200 millas, proceso que se consolida en décadas posteriores con la creación de la Convención del Mar de Naciones Unidas (Convemar)xx y la aceptación de parte de los Estados de las Zonas Económicas Exclusivas (ZEE).

Actualmente fuera de la las ZEE, lo que existe es patrimonio común de la humanidad aplicable a los recursos del agua y del fondo marino. Pero también no hace mucho y en la mayoría de las naciones los recursos al interior de las ZEE, los recursos existentes también eran patrimonio común de la ciudadanía de cada país. Desde un punto de vista esto era visto como bienes comunes y toda su teoría de “La tragedia de los Comunes”, es decir, “una situación en la cual varios individuos, motivados solo por el interés personal y actuando independiente pero racionalmente, terminan por destruir un recurso compartido limitado (el común) aunque a ninguno de ellos, ya sea como individuos o en conjunto, les convenga que tal destrucción suceda”xxi.

Bajo este argumento de la Tragedia de los comunes entonces, la industria en diferentes países ha comenzado a hacer avanzar sus lógicas para establecer propiedad privada de los recursos y zonas marinasxxii. La patronal Sonapesca varias veces utilizó este argumento para hacer avanzar la privatización pesquera afirmando que para terminar con la “carrera olímpica”, generada por quién pesca la mayor cantidad de la cuota global, y no llegar a la “tragedia de los comunes”, es “preciso adjudicar permisos de pesca y cuotas individuales por especiexxiii.

Sin embargo, no solo la entrega de cuotas individuales, de carácter privada y transferibles, es el único camino para combatir el riesgo de la “tragedia de los comunes”. La licitación y subasta es otro legítimo y probado sistema para combatir la sobreexplotación, para mantener la propiedad de los recursos en manos del Estado como administrador y garante del patrimonio de la ciudadanía, administración Estatal que en un sistema de economía de libre mercado, podría exigir una mejor competencia y mejores formas sustentables de pesca, es decir una mejor eficiencia productivaxxiv. Todo esto contra el monopolio y la forma excluyente y exclusiva de pesca por parte de las empresas que se adueñaron de las cuotas de pesca en el caso chileno.

Sin embargo, la economía de libre mercado en Chile no parece ser tal, por la alta concentración monopólica en la mayoría de los sectores económicos del país. Tres empresas dominan más del 50% de los mercados de las isapres, bancos y celulares; y sólo dos actores los supermercados y AFP. Por su parte, VTR ostenta el 54% de la TV por cable. En el sector forestal son dos grupos los que monopolizan esta área, Arauco y CMPC y; en el agua Endesa (ahora ENEL), AES Gener y firmas del grupo Matte, son los propietarios principalesxxv.

En el sector pesquero ahora ocurre los mismo, a lo mucho son 7 grandes familias que monopolizan la extracción pesquera. Ninguna de ellas quiere subastas ni licitaciones, y a través de sus vínculos y lobby político impusieron el sistema de Cuotas Individuales Transferibles, sin dejar opción ni siquiera a un sistema mixto.

Conclusiones

Luego de 5 años de impuesto este sistema privatizador, quizás es poco tiempo para generar conclusiones de peso. Pero las señales políticas dejan al descubierto varias grietas respecto a esta Ley de Pesca.

Una es el desfile de políticos y empresarios que están pasando por los tribunales acusados de recibir o dar coimas, y en investigaciones por cohecho, fraude al fisco, y financiamiento ilegal a la política. Ya hay un senador que estuvo 40 días presos, Jaime Orpis, y varios otros están siendo investigados por su eventual aceptación de dinero de partes de las compañías pesqueras.

La segunda son el compromiso de la Presidenta Michelle Bachelet de revisar esta Ley, la cual es caratulada por sectores de la pesca artesanal y organizaciones sociales y ambientales chilenas como “hija de la corrupción”. Hay dos proyectos de Ley que piden anulación de esta normativa y/o modificación en su parte clave que es la propiedad de los recursos.

Y como tercer punto está el informe de la FAO, (la Oficina de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura), que recomienda una serie de situaciones de las cuales resumo lo siguientexxvi:

  • Se recomienda elaborar una política pesquera nacional,
  • La forma de acceder y asignar los derechos debe adecuarse a las condiciones y circunstancias locales, procurando la gestión sostenible de los recursos pesqueros y la aplicación del enfoque de pesca basada en derechos.
  • El concepto de Enfoque Ecosistémico de la Pesca (EEP) incluido en la LGPA, sea ampliado para incluir los demás componentes bióticos y la dimensión humana del ecosistema;
  • Se considera oportuno la transparencia y acceso a la información pública y participación ciudadana en la gestión pública.
  • Se recomienda reconocer y garantizar los derechos de los pueblos originarios a los recursos pesqueros, incluido su manejo y conservación, así como fomentar su participación en el ámbito pesquero,
  • Se recomienda distinguir los tipos de pesca artesanal, por ejemplo, entre pesca artesanal de pequeña escala y pesca artesanal de mediana escala y para fines comerciales.

La FAO realizó un amplio informe, es para seguir estudiándolo, no se compromete con las diferentes posturas políticas, pero avanza y recomienda cuestiones claves como son las citadas anteriormente.

Respecto a las preguntas de este artículo:

  1. ¿La nueva normativa trajo una mayor protección y sustentabilidad a las pesquerías chilenas?

Quizás 5 años son pocos para aventurarse a dar definiciones respecto a esta discusión que incluye aspectos normativos, políticos, ecológicos, económicos y de democracia, participación, y derechos de los pueblos, incluida toda la legislación internacional de los derechos humanos de los pueblos indígenas.

Pero por lo que ocurre con los comités científicos, (el caso de la merluza común, es un ejemplo), la Ley Longueira, no buscó protección de los recursos y un uso sustentable de ellos. Prima a mi entender la lógica productivista, extractivista y de acumulación de capital.

  1. ¿Cuáles son las razones actuales de sectores productivos, políticos, y ciudadanos que demandan la anulación de esta ley?

El tema de la propiedad, y del uso de esa propiedad por parte de los habitantes de estos territorios es clave.

  • ¿Propiedad privada, propiedad colectiva?,
  • ¿cómo se logra se obtiene o se asigna esa propiedad privada o colectiva?
  • ¿Subasta, licitación o asignación vía derechos históricos?,
  • ¿derechos históricos de algunas décadas o derechos históricos ancestrales?

Y una pregunta fundamental, ¿cómo influyeron las prácticas de corrupción en la legislación, promulgación y ejecución de esta ley, es decir las situaciones ilegales por las que ya han sido sentenciados políticos que aprobaron esta normativa y otras prácticas que aún se investigan?…

Este es un informe crítico a la forma como se implementaron las nuevas regulaciones de la Ley de Pesca y la manera como se asignó propiedad por 20 años renovables de las cuotas pesqueras. Y es una manera de señalar que es necesario elaborar una política pesquera de largo plazo, que reconozca derechos de los pueblos que habitan estos territorios (el pueblo chileno y los pueblos indígenas) y también los derechos de las generaciones futuras y pasadas. También creo que se debe defender el enfoque Ecosistémico de las pesquerías, del mar y las zonas costeras y darle vitalidad y derechos a la dimensión humana en los análisis económicos y biológicos. Y, por sobre todo, validar y hacer cumplir leyes de transparencia del estado y de la participación ciudadana en estas decisiones. Punto aparte merece un análisis de lo que está sucediendo en la pesca artesanal con sus diferentes subsectores y objetivos, pesca de pequeña escala, de subsistencia, comercial, y de abastecimiento masivo para la industria.

NOTAS

i Para más detalles de este tipo de cuotas ver Historia de la Ley 20657, en Biblioteca del Congreso Nacional. Especialmente la página 14 donde se describe esta temática específica tal como fue enviada la propuesta de proyecto de ley desde el Gobierno. https://www.leychile.cl/Navegar/scripts/obtienearchivo?id=recursoslegales/10221.3/43656/3/HL20657.pdf

ii El caso de la ley de pesca. Andrés Fontaine. El Mercurio, 01 de noviembre de 2015. http://www.elmercurio.com/blogs/2015/11/01/36555/El-caso-de-la-ley-de-pesca.aspx

iii “Las comunidades de pescadores artesanales frente a la modernización: el caso de Caleta Queule.”. Memoria para optar al título de Antropóloga Social. Paz Neira. Universidad de Chile, 2005. http://www.tesis.uchile.cl/tesis/uchile/2005/neira_p/sources/neira_p.pdf

iv McGoodwin J.R. “Comprender las culturas de las comunidades pesqueras: clave para la ordenación pesquera y la seguridad alimentaria.” FAO Documento Técnico de Pesca. No. 401. Roma, FAO. 2002.

v Greenpeace and WWF give conditional support to commercial whaling plan. https://www.theguardian.com/environment/2010/jun/21/greenpeace-backs-commercial-whaling-ban

vi Greenpeace destaca avances en la regulación de la industria de pesca y demanda planes de recuperación. sitio web de greenpeace 19 de diciembre de 2012. http://www.greenpeace.org/chile/es/prensa/comunicados-de-prensa/Nueva-Ley-de-Pesca-Greenpeace-destaca-avances-en-la-regulacion-de-la-industria-de-pesca-y-demanda-planes-de-recuperacion/

vii Denuncian que Ley de Pesca incentivaría consumo de pescado extranjero. Diario La Tercera, 04 de septiembre de 2012. http://www.latercera.com/noticia/denuncian-que-ley-de-pesca-incentivaria-consumo-de-pescado-extranjero/

viii Para más detalles de la posición de las organizaciones locales que se opusieron, se puede ver la Historia de la Ley a partir de la página 451. https://www.leychile.cl/Navegar/scripts/obtienearchivo?id=recursoslegales/10221.3/43656/3/HL20657.pdf

ix La exclusión de la consulta indígena en el proyecto de ley que modificó la Ley General de Pesca y Acuicultura. María Paz Villalobos Silva. Diario El Ciudadano, 29 de agosto de 2015. http://www.elciudadano.cl/politica/la-exclusion-de-la-consulta-indigena-en-el-proyecto-de-ley-que-modifico-la-ley-general-de-pesca-y-acuicultura/08/29/

x Estado del Medio Ambiente en Chile: Comparación 1999-2015. Informe País. Instituto de Asuntos Públicos. Universidad de Chile. 2016. https://www.google.cl/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=2&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjy2PjR18jVAhXKv1QKHSWlBEAQFggrMAE&url=http%3A%2F%2Fwww.uchile.cl%2Fdocumentos%2Finforme-pais-estado-del-medio-ambiente-en-chile-comparacion-1999-2016-pdf-117-mb_129607_0_1847.pdf&usg=AFQjCNGqvtJwJ_oGjKgN_aXRwjMJ1Xe9rA

xi Información elaborada en base a Anuarios Estadísticos Pesqueros de Sernapesca.

xii Igual que con el bacalao, gobierno aumenta cuota de merluza común y científicos recomiendan lo contrario. Radio del mar, 15 de diciembre de 2016. https://www.radiodelmar.cl/2016/12/igual-que-con-el-bacalao-gobierno-aumenta-cuota-de-merluza-comun-y-cientificos-recomiendan-lo-contrario/

xiii La posición de Oceana y la defensa de protección de montes submarinos puede verse en el documento de La Historia de la Ley de Pesca, en las páginas 492 y 493.

xiv Sesión 62ª, en martes 20 de noviembre de 2012, del Senado de la República de Chile. http://www.senado.cl/appsenado/index.php?mo=sesionessala&ac=getDocumento&teseid=39015&legiid=483

xv Ministro Longueira aplaude aprobación de la Ley de Pesca. Diario La Tercera, 19 de diciembre de 2012. http://www.latercera.com/noticia/ministro-longueira-aplaude-aprobacion-de-la-ley-de-pesca/

xvi Ver Página 484 de la Historia de la Ley 20.657

xvii Ver Página 525 de la Historia de la Ley 20657.

xviii Rodrigo Sarquis: “El proyecto de Ley de Pesca vulnera los derechos históricos. La Tercera, 24 de noviembre de 2012. http://www.latercera.com/noticia/rodrigo-sarquis-el-proyecto-de-ley-de-pesca-vulnera-los-derechos-historicos/

xix Chile: Para los Mapuches la Ley Longueira «no tiene validez». https://www.servindi.org/actualidad/78086

xx Espacios Marítimos. Ricardo Rojas, Alejandro Cabezas. Comité Oceanográfico Internacional. http://www.cona.cl/publicaciones/geologia_marina/1.pdf

xxi La tragedia de los comunes. Garrett Hardin. Traducción de Horacio Bonfil Sánchez. Gaceta Ecológica, núm. 37, Instituto Nacional de Ecología, México, 1995.https://www.uam.es/personal_pdi/ciencias/jonate/Eco_Rec/Intro/La_tragedia_de_los_comunes.pdf

xxii Ley de Pesca en Chile: privatización del Recurso y la Tragedia de los Comunes. Marcos Prats. Revista América Economía. https://www.americaeconomia.com/analisis-opinion/ley-de-pesca-en-chile-privatizacion-del-recurso-y-la-tragedia-de-los-comunes

xxiii Dificultosos avances en Ley de Pesca. Editorial de Sonapesca. Julio de 2012. http://www.sonapesca.cl/dificultosos-avances-en-ley-de-pesca/

xxiv Eficiencia productiva y asignación de cuotas de pesca en Chile: Teorema de Coase y Asimetrías de información. Eduardo Saavedra y Manuel Willington. http://fen.uahurtado.cl/wp-content/uploads/2010/07/I-264.pdf

xxv El mapa de la concentración en Chile. El mostrador, 15 de febrero de 2012. http://www.elmostrador.cl/mercados/2012/02/15/el-mapa-de-la-concentracion-en-chile/

¿Quiénes son los dueños del agua en Chile?. http://capitulopatagonia.bligoo.com/content/view/143956/Quienes-son-los-duenos-del-agua-en-Chile.html#.WYxtQtJJbIU

xxvi “Asistencia para la revisión de la Ley General de Pesca y Acuicultura, en el marco de los instrumentos, acuerdos y buenas prácticas internacionales para la sustentabilidad y buena gobernanza del sector pesquero”. PROYECTO UTF/CHI/042/CHI. Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura. Santiago, Septiembre, 2016. http://www.subpesca.cl/portal/616/articles-94917_informe_final.pdf

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