- En un oficio dirigido a las empresas, la Superintendencia del Medio Ambiente advirtió la ocurrencia del fenómeno en las costas del país, con el objetivo de que se implementen todas las medidas comprometidas a fin de evitar y controlar posibles efectos generados por eventos FAN y una posible mortalidad masiva de peces.
Santiago, 01 de septiembre de 2023.- La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) envió un oficio a los titulares de Centros de Engorda de Salmones (CES) para recordar la exigencia de tomar medidas ante eventuales mortalidades masivas, en el contexto de la manifestación del fenómeno de El Niño en el país y su eventual llegada a la zona sur durante la época estival entre 2023 y 2024.
De acuerdo a reportes nacionales e internacionales -entre ellos la National Oceanic and Atmospheric Administration (NOAA)- el fenómeno comenzó a manifestarse de manera evidente desde febrero de este año, generando un rápido e intenso aumento de las temperaturas en el océano de Ecuador y Perú, lo que dio origen a “El Niño Costero”. En la parte norte de Chile, en tanto, esto comenzó a ocurrir a partir de mayo.
Si bien existe un desfase temporal respecto de su llegada al sur del país, en el documento enviado a los CES, la SMA recordó la obligatoriedad de adoptar las medidas preventivas necesarias para evitar y controlar los efectos generados por una posible ocurrencia de eventos de floraciones algales nocivas (FAN) y la consecuente generación de mortalidades masivas de peces en los centros. Parte de esto, es asegurar todas las medidas logísticas destinadas a cumplir con los planes de contingencia y/o emergencia ante mortalidades masivas; capacitar a los trabajadores de los centros de engorda de salmones; asegurar la capacidad de vaciado de jaulas; ejecutar mantenciones a la infraestructura de apoyo para el desarrollo de las maniobras de atraque de embarcaciones; entre otras medidas.
Además, se indicó que se encuentra en plena vigencia la instrucción dictada por la SMA -mediante la Resolución Exenta SMA N°1.610 de diciembre de 2018- en la que se establecen deberes de actualización de los Planes de Prevención de Contingencias y Planes de Emergencia, mediante la plataforma Sistema RCA de la SMA, por parte de todos los titulares de Resoluciones de Calificación Ambiental que los posean.
Esto se suma a que, en diciembre de 2016, la Superintendencia estableció a los titulares de RCA los deberes de reporte de avisos, contingencias e incidentes, conforme a lo que quedó establecido en el permiso ambiental o dentro de un plazo de 24 horas desde ocurrido el evento que se informa.
Es importante agregar, igualmente, que los titulares tienen entre sus obligaciones asegurar el correcto manejo de la mortalidad de sus CES ante una emergencia de mortalidad masiva y el deber procurar el menor efecto negativo al medioambiente y la salud de las personas.